¿Qué esperar del 2024 en el ámbito laboral?

Jornada laboral de 38,5 horas semanales

Aunque a la fecha de publicación de este artículo, todavía está pendiente convocar a los agentes sociales para negociar la implantación de esta medida, la misma forma parte del acuerdo de gobierno entre el PSOE y SUMAR. De hecho, el secretario de estado de Trabajo ha declarado que será una medida que se adoptará a lo largo de 2024.

Con la misma, en 2024 la jornada laboral máxima en España debería ser de 38,5 horas semanales, manteniendo el derecho a la misma retribución que con las actuales 40 horas semanales.

Ya en 2025 la jornada semanal pasaría a ser de 37,5 horas.

Regularización de las cuotas de autónomo según los ingresos de 2023

Dos meses más para jubilarse

 


Revalorización de las pensiones

Obligación de cotizar por los becarios en prácticas no remuneradas

Desde el 1 de enero de 2024, aquellos becarios que realicen prácticas no remuneradas en empresas deberán cotizar a la Seguridad Social (anteriormente solo cotizaban los becarios que recibían de la empresa algún tipo de contraprestación económica)
En consecuencia, en la mayoría de casos las empresas deberán dar de alta a estos becarios, cotizando por ellos 

Reforma del subsidio por desempleo

Entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2024.

Se eleva la ayuda durante los primeros seis meses, la cuantía será compatible —sin reducción alguna— con un empleo durante los primeros 180 días de prestación y se amplía la cobertura a menores de 45, a trabajadores transfronterizos en Ceuta y Melilla y a eventuales agrarios.

Se amplía la cobertura del nivel asistencial en algunos tramos de edad anteriormente excluidos, al permitir el acceso a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares siempre que hayan agotado una prestación contributiva de 360 días, a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses, aunque carezcan de responsabilidades familiares y a las personas trabajadoras eventuales agrarias.

Acumulación del permiso de lactancia

Se reforma el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, de manera que ya no será necesario que el convenio colectivo permita la acumulación del permiso para la lactancia en jornadas completas.

Incremento del Salario Mínimo Interprofesional

En 2023 el Salario Mínimo Interprofesional se situó en 1.080 € mensuales en 14 pagas.

A la fecha de publicación de este artículo, los agentes sociales y el Gobierno barajan una subida del 3% (CEOE), 3,8% (Ministerio de Trabajo) el 5% (CCOO), que, en caso de demorarse su aprobación, tendrá efectos retroactivos al 01/01/2024.

Obligaciones para empresas con 50 o más trabajadores

Plan de Pensiones de Empleo en el Sector de la Construcción