El Real Decreto-ley 4/2023, en vigor desde el 13/05/2023, prevé las siguientes novedades:
Condiciones ambientales en el trabajo al aire libre.
Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desempeñada, no puedan quedar cerrados, deberán adoptarse medidas apropiadas para la para proteger a los trabajadores frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.
La evaluación de riesgos laborales deberá contemplar, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea desarrollada, así como las características personales o el estado biológico conocido del trabajador. Recomendamos contactar con su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, para que adopte las medidas oportunas, especialmente en las empresas del sector de la construcción y agricultura.
Se incluye la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante los periodos del día en los que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.
Asimismo, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo cuando la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente, emita alerta de fenómenos de nivel naranja o rojo y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de los trabajadores.
Aplazamientos en las cuotas de Seguridad Social en las empresas del sector agrícola.
Las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios y los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios podrán solicitar un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social con un tipo de interés del 0,5% en lugar del 4% actual, para las cuotas de los siguientes meses.
Entre los meses de mayo a septiembre de 2023, para las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
Y entre los meses de junio a octubre de 2023, para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
El aplazamiento de cada mes, se amortizará mediante el pago fraccionado a lo largo de 4 meses.