¿Puedo establecer un periodo de prueba en el contrato?
Su establecimiento es optativo y de acordarlo, se deberá reflejar por escrito en el contrato. No se podrá establecer período de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.
¿Cual es la duración máxima de un periodo de prueba?
Su duración máxima se establecerá en los Convenios Colectivos, y en su defecto la duración no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, o de dos meses para el resto de los trabajadores. En las empresas con menos de 25 trabajadores, el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
¿Qué derechos tiene el trabajador durante el periodo de prueba de un contrato?
El trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de plantilla.
¿Cómo y quién puede rescindir la relación laboral durante el periodo de prueba?
Cualquiera de las partes puede rescindir el contrato rescindir la relación laboral.
¿Hace falta alegar causa alguna para la rescisión de un contrato durante el periodo de prueba?
No.
¿Hace falta avisar con antelación para la rescisión de un contrato durante el periodo de prueba?
No (salvo pacto que indique lo contrario).
¿El periodo de prueba de un contrato computa a efectos de antiguedad?
Si. La situación de incapacidad temporal que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpirá el cómputo del mismo, siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes.