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Puedes acceder a tu area privada y consultar el estado de tu expediente.
Entre otras posibilidades, para aquellos documentos tales como nóminas, contratos, finiquitos, registros de jornada, etc, que el trabajador debería tener y que el empleador no le ha entregado es posible requerirlo judicialmente, por tanto esta situación no debe ser motivo de preocupación para el trabajador.
En caso de que el empleador no los aportase entonces los hechos alegados por el trabajador podrían ser tomados como ciertos por el juzgado.
Únicamente la documentación que te pidamos y por medios electrónicos. La documentación original quedará en tu poder hasta que te la requiramos una vez se aproxime la fecha de juicio.
En el procedimiento laboral existen varias vias para representar al trabajador:
Poder notarial
Poder apud acta
Poder apud acta electrónico (si dispones de certificado electrónico o DNI electrónico)
En cada caso te indicaremos cual es la mejor manera para otorgar la representación.
Documental, grabaciones, emails, whatsapp y testigos.
Siempre que el trabajador haya participado en la conversación es válida como prueba.
La conversación deberá ser transcrita para una correcta lectura por el juez.
Igualmente es válido levantar acta notarial de la conversación de whatsapp, siendo el coste de unos 150 euros aproximadamente.
Sí, siempre que el trabajador participe en la conversación, y al empresario no es necesario advertirle de que se le está grabando para que sean válidas. Así pues, si hablas con el empresario por teléfono puedes grabar las conversaciones.
En general sí, pero unos tendrán más credibilidad que otros, e incluso algunos podrán no ser admitidos por el juez.
Por ejemplo tendrá mucha más credibilidad un compañero o excompañero de trabajo que un amigo o familiar.