Información del trámite

Objeto: Formulario para comunicación de procesos de incapacidad de baja y alta de trabajador POR CUENTA AJENA.

(Sí lo que desea es comunicar un proceso de un AUTÓNOMO diríjase aquí)

Plazos:

El trabajador tiene la obligación de presentar, ante su empresa, los partes médicos (de baja y confirmación) en el plazo máximo de 3 días hábiles desde su fecha de emisión, por tanto, la empresa debe remitirlos a IFRA lo antes posible para cumplir con los plazos establecidos con la Seg. Social.

Los partes médicos de alta debe de presentarlos el/la trabajador/a, ante la empresa, en el plazo máximo de 1 día hábil desde su fecha de emisión.

La empresa debe comunicar a su Servicio de Prevención de Riesgos la existencia en su empresa de cualquier accidente de trabajo, enfermedad profesional, trabajadora embarazada o incapacidad temporal de larga duración.

La empresa debe realizar una investigación de cualquier accidente laboral con baja o sin baja, esta debe remitirse tanto a IFRA asesores como al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que la empresa tenga contratado. Puede solicitar a este despacho un modelo de investigación editable para para su cumplimentación en caso de accidente.

Existe un plazo de 5 días hábiles desde la fecha de baja por accidente laboral para que IFRA asesores realice la correspondiente comunicación electrónica de accidentes de trabajo, por lo que deberá remitirnos a la mayor brevedad copia del parte de baja y la investigación del mismo.